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Opinión

El doble embargo

Libertad de prensa: La democratización de la información no puede depender de ningún conflicto externo.

La Unión de Periodistas de Cuba (UPEC) emitió recientemente una declaración acerca del "efecto negativo" del embargo norteamericano sobre la información.

En la misma, la organización plantea que alrededor de la Isla se ha montado un cerco de agresión radial y televisiva dirigido a provocar un cambio en el sistema político cubano; que el ejercicio del periodismo en la Isla se ve perjudicado; se impide o encarecen los equipamientos o insumos destinados al funcionamiento y desarrollo de la industria poligráfica, la radio y la televisión; el cierre de mercados y precios elevados de los recursos tecnológicos provocaron que los medios cubanos no tuviesen una activa y dinámica presencia en la red de redes hasta finales del pasado siglo; y que Cuba no ha podido conectarse a Internet mediante un cable óptico submarino. A todo ello se suman otras medidas contenidas en la Ley Hems-Burton y en el denominado Plan Bush para la transición hacia la democracia en Cuba.

Tales medidas son inadmisibles, mucho más en la época en que se construye a escala global la sociedad de la información. Sin embargo, la declaración de la UPEC pierde objetividad al eludir la conducta de las autoridades cubanas respecto a los derechos humanos, las libertades fundamentales y la sociedad civil. Siendo este un hecho tan perjudicial como el embargo estadounidense.

Firmas en el vacío

El avance tecnológico en los países avanzados ha conducido a una etapa de desarrollo caracterizada por la conversión de la información en materia prima obligada para toda actividad humana, lo cual implica un proceso de democratización masivo para su uso y aprovechamiento, especialmente en los países de menor desarrollo.

Ante ese reto, la Cumbre de la Información (Ginebra 2003) aprobó la Declaración de Principios y el Plan de Acción. En la primera se reconoce que "el deseo y compromiso comunes de construir una sociedad de la información implica el respeto y la defensa plena de la Declaración Universal de Derechos Humanos", mientras en la segunda se recogen las acciones tendentes a ese objetivo:

"Acceso democrático, equitativo y universal de todos a la infraestructura y los servicios de las nuevas tecnologías; carácter democrático y participativo del sector privado y de la sociedad civil en la gestión internacional de Internet; y la libertad para buscar, recibir, divulgar y utilizar la información".

Los firmantes, entre ellos Cuba, se responsabilizaron en hacer corresponder el contenido de esos documentos con la situación concreta de sus países.

Sin embargo, el Decreto 209/1996 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros declara que el acceso a los servicios de redes informáticas de alcance global tendrá "carácter selectivo". En consecuencia, la Resolución No. 180/2003 del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones dispuso el empleo de todos los medios técnicos necesarios para detectar e impedir el acceso al servicio de navegación por Internet, desde líneas telefónicas que operan en moneda nacional no convertible.

Estas y otras medidas, a pesar del compromiso contraído en la Cumbre de la Información, no han sido revocadas. Hecho éste que la UPEC no recoge en su declaración.

Junto a los reclamos de un nuevo orden mundial de la información, un organismo intergubernamental democrático, la transferencia de recursos y que Internet deje de estar en manos de los principales dueños del capital transnacional, La Habana debería establecer un nuevo orden nacional que propicie el acceso libre a Internet de todos los ciudadanos, con independencia de su filiación partidista o de cualquier otro tipo. Tan insostenible es el principio de libertad hacia afuera y restricciones hacia dentro, como imposible es la explotación eficiente de las nuevas tecnologías y la construcción de la sociedad de la información desde el control totalitario del Estado cubano.

De lo anterior resulta que los avances en materia de enseñanza, infraestructura y adquisición de tecnologías se han visto limitados no sólo por el embargo norteamericano, sino también por el deplorable estado del sistema de derechos existente en la Isla.

Delito contra la humanidad

Los derechos humanos "universales, indivisibles, sagrados e inalienables" se expresan en el reconocimiento, respeto y observancia de las garantías jurídicas que propician la integridad y dignidad de la persona. Su implementación, protección y respeto constituyen un principio insoslayable para la construcción de la sociedad de la información.

El caso específico de Cuba es más significativo, ya que los derechos fundamentales contenidos en la Declaración Universal de 1948 estaban incluidos en la Constitución de 1901. Cuba fue el país que encomendó al Consejo Económico y Social la elaboración de dicha Declaración, y el primer proyecto depositado en el Consejo, con ese fin, fue el de la delegación cubana. Datos ilustrativos de la importancia que habían adquirido los derechos humanos en Cuba.

Sin embargo, a la Iglesia Católica no se le ha satisfecho su reclamo de acceso a los medios de difusión masiva, y a algunos trabajadores del Estado se les permite el acceso a Internet desde sus entidades previa rigurosa "selección", bajo estrictas medidas de control y por razones "justificadas" de trabajo, mientras el resto de los ciudadanos —la mayoría— están impedidos de tales derechos.

La solución del diferendo entre los dos gobiernos es un problema capital, pero la democratización de la información no puede depender de ningún conflicto externo: es una necesidad de la época.

El hecho claro e indiscutible es la interdependencia que existe entre desarrollo social y libertades; y la libertad de información —uno de esos derechos— constituye una herramienta indispensable para la libre participación ciudadana en la actualidad.

Si la UPEC, en vez de especular sobre una supuesta "implantación de un modelo totalitario de prensa comercial, excluyente", se hubiera pronunciado por la necesaria democratización de los medios informativos y de las comunicaciones en Cuba, entonces su declaración recogería no sólo el sentir de los periodistas oficiales y sería de gran utilidad para el bien del país.

Esta organización ha olvidado que en la década del cincuenta del pasado siglo existían en Cuba unas 70 emisoras radiales, una docena de periódicos de circulación nacional, varias revistas semanales, y decenas de publicaciones provinciales y municipales con orientaciones políticas e ideológicas diferentes; mientras los radioaficionados contaban con infinidad de pequeñas emisoras para trasmitir programas alternos, y existían varios canales televisivos. Todo esto desempeñó un decisivo rol en los procesos históricos del país.

El filósofo alemán Karl Jaspers decía que el individuo debe proteger la libertad de otros como la suya propia, porque es la misma cosa: libertad social.

En ese sentido, la persecución de la voluntad ajena no es una ofensa particular, sino un delito contra la humanidad, en tanto viola la condición decisiva del desarrollo de la sociedad humana.

© cubaencuentro

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