Actualizado: 01/07/2024 13:46
cubaencuentro.com cuba encuentro
| Documentos

Documentos

Programa Todos Cubanos (III)

Propuesta del Plan 'Cuba Primero'.

Enviar Imprimir

73. Dentro del proceso de la RA, el Ministerio de Agricultura y la SCNRA realizará un diálogo con los miembros de las cooperativas para que ninguno permanezca en este tipo de asociación en contra de su voluntad y conserve su propiedad si decide abandonarla o fuera separado por la cooperativa. Este derecho estará vigente desde el inicio de la EP.

74. La RA incluye también la designación por parte de la SCNRA, y en consulta con los CLRD, de terrenos, instalaciones, ganados, medios muebles e inmuebles para la inversión privada que contribuya al bienestar nacional o de la comunidad. En ningún caso los terrenos serán entregados en soberanía a ninguna empresa nacional ni extranjera. Los terrenos podrán ser contratados por las empresas extranjeras sólo para su explotación económica. Dichas empresas y todas las personas que laboren o vivan en estos terrenos estarán sometidas a las leyes nacionales y a las autoridades del país según definen estas propias leyes. Las ventas de fincas y terrenos tendrán que ser autorizadas por el Ministerio de Agricultura.

75. La SCNRA, en coordinación con el BDA, los campesinos, el CCRD, los CLRD y demás instituciones interesadas, organizará y realizará todo el proceso de Reforma Agraria en la forma en que describa la ley que para este fin apruebe la ANPC cumpliendo con el PCP. El BDA, a través de créditos e inversiones, fomentará la cría de ganados y aves de todo tipo, cumpliendo las regulaciones de conservación del medio ambiente, laborales, sanitarias, agrotécnicas y económicas pertinentes.

76. La SCNRA, en coordinación con el BDA, decidirá la asignación y préstamos, arriendos y ventas con facilidades según el caso, de maquinarias, fertilizantes y otros medios para la producción agropecuaria.

77. La CNA coordinará con el BDA y las oficinas de Recursos Hidráulicos el uso racional de los recursos hidráulicos, vías de comunicaciones y medios de transporte en la actividad agropecuaria. Estas entidades determinarán en qué caso y en qué medida será justo que los beneficiados realicen retribuciones.

78. Se crea la Oficina Nacional de Coordinación y Orientación Técnica y Agropecuaria (ONCOTA), supeditada al Ministerio de Agricultura y que tendrá bajo su tutela a todos los laboratorios y centros de investigaciones pertenecientes al ramo. Esta Oficina coordinará con el BDA la prestación de servicios, la orientación y la información de los laboratorios, instituciones técnico-científicas, docentes y centros de investigaciones a los diferentes usuarios involucrados en la actividad agropecuaria, y fomentará las investigaciones científicas.

79. El Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INRH) quedará supeditado al Ministerio de Agricultura y la CNA. El INRH tendrá dependencias locales y dirigirá todo lo relacionado con la actividad de riego, drenaje, acueductos, alcantarillados, obras hidrotécnicas, viaductos, fuentes, pozos, cuencas, lagos, bahías y pantanos y con todos los recursos hidráulicos.

80. El INRH coordinará con los gobiernos provinciales y municipales el mejoramiento de las redes de distribución de agua y el control para su uso racional y ahorro. El INRH y la CNA coordinarán lo que corresponda con la Comisión Nacional de Medio Ambiente.

81. La CNA coordinará con el BDA, con los Gobiernos locales, los CLRD, comunidades campesinas y otras instituciones su aporte a las obras hidráulicas con carácter social que generen un mejoramiento de las condiciones de vida e higiene; así como el trabajo de los campesinos, trabajadores agrícolas y habitantes tanto de las zonas urbanas como rurales poniendo especial énfasis y sentido de urgencia en los barrios y zonas insalubres y marginales, y áreas rurales más pobres y desatendidas para mejorar los servicios y realizar instalaciones necesarios para elevar las condiciones de vida de los ciudadanos.